Uno de los errores más comunes que cometen las empresas que usan combustibles para operar —ya sea gasolina, diésel, gas LP o gas natural— es asumir que el Anexo 30 solo aplica a quienes comercializan estos productos o tienen un permiso CRE.
Pero lo cierto es que el SAT también impone esta obligación a quienes autoconsumen, y el hecho de no tener un permiso de la Comisión Reguladora de Energía no te exenta del cumplimiento.
¿Tu empresa opera con combustibles? Entonces es momento de revisar si estás dentro del grupo de contribuyentes obligados.