¿Sabías que un error mínimo en el envío de tus controles volumétricos puede dejarte sin sellos digitales, sin facturar y en la mira del SAT?
Desde la entrada en vigor del Anexo 30 y 31, el cumplimiento con los reportes volumétricos no solo es obligatorio, sino crucial para mantener en regla tu operación fiscal.
Pero aún hoy, muchas empresas siguen cometiendo errores por desconocimiento, por falta de un sistema confiable o por no contratar la verificación correspondiente con un tercero acreditado.
En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber para enviar correctamente tus controles volumétricos al SAT, evitar sanciones y operar con tranquilidad.
Además, te mostramos cómo un software como 1G Volumétrico puede ayudarte a cumplir sin complicaciones y con total respaldo técnico.
¿Cómo enviar los controles volumétricos al SAT sin errores?
Enviar los controles volumétricos al SAT se ha convertido en una obligación crítica para las empresas que manejan hidrocarburos, gasolinas o cualquier producto energético regulado. Sin embargo, el proceso no es tan simple como cargar un archivo: un error mínimo puede derivar en multas, suspensión de sellos digitales o incluso la cancelación del RFC.
Aquí te explicamos paso a paso cómo realizar correctamente el envío de controles volumétricos SAT, qué debes tener listo, y cómo un software especializado puede marcar la diferencia.
¿Qué son los controles volumétricos?
Los controles volumétricos son registros electrónicos que detallan el volumen de entrada, salida, existencia y consumo de productos energéticos. El SAT exige su cumplimiento conforme al Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), y deben enviarse mensualmente a través de su plataforma.
¿Quiénes están obligados a enviar estos reportes?
Están obligadas todas las personas físicas o morales que:
Comercialicen hidrocarburos o petrolíferos
Tengan permiso CRE o ASEA
Realicen autoconsumo de combustible
Operen estaciones de servicio, terminales, distribuidores o transportistas
¿Qué exige el SAT a los contribuyentes que deben llevar controles volumétricos?
De acuerdo con lo establecido por el SAT en su portal oficial, si estás obligado a llevar controles volumétricos, debes cumplir con lo siguiente:
-
Contar con equipos para registrar el volumen de tus operaciones.
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Instalar programas informáticos para llevar controles volumétricos.
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Contratar los servicios de verificación del correcto funcionamiento de esos equipos y programas, a través de un tercero acreditado.
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Generar los archivos con los datos requeridos en formato .json.
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Enviar mensualmente la información al SAT en tiempo y forma.
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Conservar la información durante al menos 5 años.
Es importante aclarar que el SAT no acredita directamente al software, sino que tú, como contribuyente, debes demostrar mediante un tercero acreditado que los equipos y programas instalados funcionan correctamente y cumplen con los lineamientos establecidos en el Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).
En nuestra experiencia, los contribuyentes que han implementado 1G Volumétrico han sido verificados satisfactoriamente por terceros acreditados, cumpliendo así con lo que la ley exige en cuanto al uso de software y evitando sanciones, rechazos o suspensión de sellos digitales.
¿Cuándo se debe cumplir con las nuevas obligaciones?
Si iniciaste operaciones antes del 1 de enero de 2022, presenta en cualquier momento el aviso en el que indiques la información correspondiente a tus equipos de medición. Deberás presentar el aviso con la información correspondiente a tu programa informático dentro de los 15 días hábiles siguientes a su instalación y puesta en operación.
Debes proporcionar los registros de volumen obtenidos de tus sistemas de medición a tus clientes.
Por lo que a partir del 1 de enero de 2022 debes:
a) Contar con los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.
b) Contratar los servicios de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.
c) Obtener la información del tipo de hidrocarburo o petrolífero, del que se trate, y el octanaje en el caso de gasolina.
Fundamento legal: Artículo 28, fracción I, apartado B del Código Fiscal de la Federación, Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos, publicado en el DOF el 12/11/2021, reglas 2.6.1.2. y 2.6.1.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.
Recuerda que el reporte mensual debe enviarse a más tardar en los primeros tres días naturales del segundo mes posterior al mes al que corresponda la información a enviar, de conformidad con la regla 2.8.1.6., fracción III de la RMF, por ejemplo, el reporte correspondiente al mes de enero debe enviarse a más tardar el 3 de marzo
Y deberás presenta tu certificado a más tardar el 31 de diciembre en el Portal del SAT.
Para los efectos del artículo 28, fracción I, apartado B, cuarto párrafo del CFF, el certificado que acredita la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos deberá cumplir con el Anexo 31 y ser emitido por una persona que haya obtenido un informe de evaluación aprobatorio por una entidad de acreditación de conformidad con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización o de la Ley de Infraestructura de la Calidad
¿Qué son y por qué debo contratar los servicios de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar los terceros acreditados?
En el contexto del Anexo 30 del SAT, los terceros autorizados o acreditados son personas físicas o morales reconocidas por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) o MAAC, y avaladas por el SAT, para verificar y certificar el correcto funcionamiento de los sistemas de control volumétrico utilizados por empresas que manejan hidrocarburos y petrolíferos.
Si tu empresa forma parte de la cadena de suministro de hidrocarburos, estás obligado por ley a contratar estos servicios de verificación para asegurar que tanto tus equipos como tus programas informáticos cumplen con los requerimientos técnicos del SAT.
Estos terceros acreditados evalúan dos aspectos fundamentales:
Correcta operación del programa informático para llevar controles volumétricos.
Funcionamiento adecuado de los equipos involucrados en la medición y registro.
Puedes consultar el listado oficial de terceros acreditados en los sitios web de la EMA o MAAC. Entre los prestadores destacados se encuentra Asesorías DAVAL, entidad que ya ha certificado a múltiples permisionarios del sector y con quien podrás acercarte para contratar sus servicios y verificarte del buen funcionamiento de los equipos y programas informáticos.
Importante: La verificación del programa informático y la de los equipos pueden realizarse por entidades distintas, siempre que ambas estén debidamente acreditadas.
Para evitar rechazos, multas o suspensión de sellos digitales, Te sugerimos adquirir programas informáticos para llevar controles volumétricos que sus permisionarios o contribuyentes ya hayan sido verificados de la correcta operación y funcionamiento por parte de un tercer acreditado, uno de los programas informáticos para llevar controles volumétricos que los contribuyentes están adquiriendo y están siendo verificados con el de manera aprobatoria por terceros acreditados es el software 1G Volumétrico, que cumple con los requerimientos del anexo 30 y ayudado a más de 100 contribuyentes a cumplir con esta disposiciones, que lo han implementado, logrando su certificación anual evitándoles multas y regularizando con el cumplimiento de controles volumétricos y que ha demostrado facilitar el cumplimiento de los requerimientos del SAT.
Ojo: No es el programa informático en sí el que se acredita, sino tú como contribuyente quien debe demostrar que el sistema que utilizas opera correctamente. Para ello, debes contratar a un tercero acreditado que evalúe tu caso específico.
Identifica las entidades de acreditación para contratar un tercer acreditado autorizado:
https://catalogo.consultaema.mx:75/busqueda-unidades-inspeccion
https://www.maac-ac.com.mx/u-i-acreditados
Problemas frecuentes al enviar controles volumétricos
- Muchos contribuyentes cometen errores comunes como:
- Datos incorrectos en el XML
- Uso de claves de producto erróneas
- Fallos al sincronizar volúmenes reales con lo reportado
- Errores de validación por el SAT
- Estos errores no se corrigen automáticamente y pueden detonar sanciones.
¿Cómo evitar errores en el envío de controles volumétricos SAT?
Aquí te van 5 recomendaciones:
- Utiliza un software especializado como 1G Volumétrico que genere los archivos conforme a los lineamientos actuales del SAT.
- Automatiza la lectura de volúmenes desde tanques o sistemas SCADA.
- Valida tus archivos XML antes de enviarlos.
- Cumple con los requisitos del Anexo 30 y 31.
- Mantente actualizado con la situación fiscal de tu empresa y cambios de normativas.
¿Qué características debe tener un buen sistema para control volumétrico SAT?
🔹 Generación automática de archivos XML
🔹 Validación previa al envío
🔹 Integración con sensores o medidores de flujo
🔹 Compatible con el Anexo 30 y Anexo 31
🔹 Soporte técnico especializado
🔹 Panel de seguimiento de envíos y acuses del SAT
🔹 Alertas ante errores o archivos rechazados
¿Y si tu envío es rechazado?
- Si el SAT rechaza tu envío, deberás:
- Corregir los errores señalados
- Regenerar y reenviar los archivos corregidos
- Registrar los acuses de aceptación en tu sistema de gestión
- Tener un sistema volumétrico confiable minimiza esta carga y previene sanciones.
¿Qué pasa si no envío o envío mal mis controles volumétricos?
El SAT puede:
- Aplicar multas económicas hasta de $5,000,000 millones.
- Suspender tus sellos digitales.
- Emitir una opinión de cumplimiento negativa.
- Incluso cancelar tu RFC en casos graves.
- O ir a prisión
📌 Caso práctico: Cómo lo resolvió una empresa con 1G Volumétrico
Una empresa del sector transporte con múltiples puntos de carga enfrentaba rechazos constantes en sus archivos de controles volumétricos. Tras implementar 1G Volumétrico, lograron:
Reducir errores en un 95%
Cumplir puntualmente con el SAT
Obtener reportes y alertas automáticas
Disminuir el tiempo de carga de datos en un 80%
Hoy operan con total certeza fiscal, sin multas y con la tranquilidad de estar al día.
Conclusión
Enviar correctamente los controles volumétricos al SAT no es opcional, es una obligación crítica. Un solo error en el XML, una clave incorrecta o un desfase en volúmenes puede ser suficiente para que enfrentes multas millonarias, suspensión de sellos digitales o incluso la cancelación del RFC.
No se trata solo de cumplir “por cumplir”, sino de proteger la operación de tu empresa, asegurar la continuidad de tu negocio y evitar riesgos fiscales que pueden escalar rápidamente.
Contar con un sistema especializado como 1G Volumétrico no es un gasto: es una inversión inteligente en cumplimiento, eficiencia y seguridad fiscal.
Este software ha ayudado a más de 100 contribuyentes a:
Cumplir con el Anexo 30 y 31 sin complicaciones
Obtener su certificación anual sin observaciones
Eliminar rechazos por parte del SAT
Operar con tranquilidad, sin sorpresas fiscales
📌 No dejes que un descuido detone una crisis operativa.
El envío de controles volumétricos al SAT no puede tomarse a la ligera. Una mala práctica puede comprometer gravemente la operación fiscal de tu empresa. Apostar por un sistema especializado como 1G Volumétrico es una inversión que se traduce en cumplimiento, eficiencia y seguridad fiscal.
Agenda hoy mismo una demostración gratuita de 1G Volumétrico y prepárate para cumplir con los controles volumétricos de forma correcta y sin estrés.
No esperes a tener multas innecesarias, cumple ahora agenda una demo ahora y empieza a cumplir con el anexo 30