
Reforma al Reglamento de la Ley Aduanera 2026: qué cambió y cómo impacta a las agencias aduanales
El 23 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Aduanera.
Aunque a primera vista puede parecer una actualización técnica más, la realidad es distinta: esta reforma redefine la operación digital aduanera en México y fortalece el papel de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), incorporando nuevas obligaciones tecnológicas y operativas para agencias aduanales, transportistas, importadores y prestadores de servicios.
El comparativo publicado por CAAAREM permite entender con claridad qué cambió realmente y por qué estas modificaciones tendrán impacto directo en la operación diaria del comercio exterior.
¿Por qué se reformó el Reglamento de la Ley Aduanera?
Según la circular informativa emitida por CAAAREM, el objetivo principal fue armonizar el Reglamento con reformas previas a la Ley Aduanera realizadas en 2018, 2020 y 2025, incorporando principalmente:
- La operación formal de la ANAM.
- Nuevas figuras como agencias aduanales.
- Mayor uso de tecnologías digitales.
- Fortalecimiento del Sistema Electrónico Aduanero (SEA).
- Controles más estrictos de cumplimiento documental.
Estas modificaciones buscan migrar definitivamente hacia un modelo aduanero digital, trazable y verificable en tiempo real.
Cambios estructurales más relevantes del Reglamento 2026

1️⃣ Reconocimiento formal de la ANAM como autoridad operativa
Uno de los cambios más visibles es la sustitución sistemática de referencias al SAT por la Autoridad Aduanera (ANAM) en múltiples artículos del reglamento.
Esto confirma algo importante:
👉 La operación aduanera se separa cada vez más de la función fiscal tradicional.
Ahora la supervisión operativa, autorizaciones y verificaciones recaen directamente en la autoridad aduanera especializada.
2️⃣ Nuevas definiciones clave dentro del Reglamento
El artículo 1 incorpora nuevas figuras como:
- ANAM
- Mandatario aduanal autorizado
- Consejo Aduanero
- Sistema Electrónico Aduanero ampliado
Esto formaliza estructuras que ya operaban en la práctica pero ahora tienen base reglamentaria.
3️⃣ Fortalecimiento del Sistema Electrónico Aduanero (SEA)
Uno de los cambios más importantes —y menos comentados— es la expansión del SEA.
Ahora se establece que:
- Los trámites podrán realizarse mediante medios tecnológicos autorizados por el SAT además del sello digital.
- Los usuarios deben mantener:
- RFC activo
- domicilio localizado
- correo electrónico válido para notificaciones
- Se vuelve obligatoria la actualización de datos dentro del sistema.
Esto convierte al SEA en el eje central del cumplimiento aduanero digital.
4️⃣ Obligación del expediente electrónico consistente
El nuevo reglamento exige que:
La información transmitida al sistema coincida plenamente con el expediente electrónico conservado.
Esto significa que cualquier discrepancia documental puede convertirse en riesgo operativo o sancionatorio.
En términos prácticos:
- Ya no basta transmitir información.
- Debe existir coherencia documental completa.
5️⃣ Nuevas obligaciones para prevalidadores y servicios tecnológicos
Se agregan artículos completos que regulan a quienes realizan:
- prevalidación electrónica de pedimentos,
- procesamiento electrónico de datos,
- servicios tecnológicos aduaneros.
Entre sus obligaciones destacan:
- mantener registros automatizados,
- garantizar disponibilidad permanente,
- permitir verificaciones tecnológicas de la autoridad,
- asegurar confidencialidad e integridad de información.
Esto marca un cambio claro:
👉 la autoridad ahora fiscaliza también la infraestructura tecnológica.
6️⃣ Cambios en transporte y transmisión de información
El reglamento introduce nuevas obligaciones para:
- transporte marítimo,
- ferroviario,
- mensajería y paquetería,
- empresas porteadoras.
Por ejemplo:
- transmisión obligatoria del manifiesto de carga vía SEA,
- mayor detalle en datos de contenedores y vehículos,
- inclusión de placas o matrículas en pedimentos terrestres.
Esto incrementa la trazabilidad logística dentro del despacho aduanero.
Si buscas mas información ve el comparativo de CAAAREM aquí
7️⃣ Simplificaciones y controles adicionales
También se incluyen:
- facilidades para empresas de mensajería,
- reglas para rectificación de pedimentos en sector energético,
- precisiones en Manifestación de Valor,
- nuevos controles en Recintos Fiscalizados Estratégicos.
Todo orientado a reducir discrecionalidad y aumentar control digital.
Nuevas convocatorias para agentes aduanales: ya no habrá fechas fijas
Uno de los cambios más relevantes —y que podría transformar la estructura del sector en los próximos años— es la modificación al procedimiento para emitir convocatorias de nuevos agentes aduanales.
El nuevo artículo 212 establece que las Autoridades Aduaneras podrán publicar convocatorias para obtener patente de agente aduanal cuando exista una necesidad detectada a partir del análisis de las operaciones de comercio exterior, dejando atrás el esquema tradicional basado en convocatorias esporádicas o con temporalidad definida.
En términos prácticos, esto implica que ya no existirá un calendario previsible para nuevas patentes. La apertura de convocatorias dependerá ahora de factores operativos como:
- crecimiento del comercio exterior,
- saturación operativa en aduanas específicas,
- necesidades regionales de despacho,
- análisis estratégico realizado por la autoridad y el Consejo Aduanero.
Este cambio introduce un modelo dinámico de regulación del número de agentes aduanales en el país, alineando la capacidad operativa del sistema aduanero con la realidad del comercio internacional mexicano.
¿Qué cambia realmente para las agencias aduanales?
Más allá del lenguaje jurídico, el impacto operativo puede resumirse así:
|
Antes |
Ahora |
|
Cumplimiento documental reactivo |
Cumplimiento digital continuo |
|
Sistemas aislados |
Integración obligatoria al SEA |
|
Validación posterior |
Validación preventiva |
|
Control humano |
Control tecnológico verificable |
Las agencias aduanales pasan de ser gestores documentales a operadores tecnológicos del comercio exterior.
El verdadero mensaje detrás de la reforma
Si se analiza el decreto completo, el patrón es claro:
- Más digitalización
- Más trazabilidad
- Más responsabilidad tecnológica
- Menos procesos manuales
La autoridad no solo revisará pedimentos.
Ahora revisará sistemas, procesos y datos.
¿Dónde entra la tecnología especializada?
Este tipo de reformas deja algo evidente:
El cumplimiento aduanero ya no depende únicamente del conocimiento normativo, sino de la capacidad tecnológica para administrar información de forma estructurada, trazable y sincronizada con los sistemas oficiales.
Para muchas agencias aduanales, el reto ya no es entender la ley, sino operarla digitalmente sin errores.
En este contexto, contar con plataformas diseñadas específicamente para la operación aduanal —capaces de integrar expediente electrónico, control documental y operación diaria— se vuelve un factor estratégico.
Soluciones ERP verticalizadas para agencias aduanales, como One Goal ERP, han evolucionado precisamente para responder a este tipo de cambios regulatorios, facilitando la adaptación a nuevos requerimientos sin alterar la operación cotidiana.
Conclusión
La reforma al Reglamento de la Ley Aduanera 2026 no introduce únicamente ajustes legales; representa un paso más hacia un modelo aduanero completamente digitalizado.
Las agencias que comprendan rápidamente estos cambios podrán adaptarse con mayor facilidad, mientras que aquellas que mantengan procesos manuales o fragmentados enfrentarán mayores riesgos operativos y regulatorios.
La tendencia es clara: el comercio exterior mexicano avanza hacia un entorno donde la tecnología y el cumplimiento normativo ya no son áreas separadas, sino parte del mismo sistema operativo empresarial.