¿Cambió el Anexo 30 del SAT en 2026?

anexo 30

Lo que realmente pasó con los controles volumétricos. Durante las primeras semanas de 2026, una duda empezó a repetirse entre empresas que manejan hidrocarburos y petrolíferos:

¿El SAT cambió el Anexo 30 de controles volumétricos?

Basta con revisar las búsquedas en Google para darse cuenta de la confusión. Frases como controles volumétricos SAT, Anexo 30 RMF 2026, Anexo 21 SAT o envío de controles volumétricos han ido en aumento, sobre todo después de la publicación del Diario Oficial de la Federación del 13 de enero de 2026.

La razón es sencilla: el Anexo 30, tal como muchos lo conocían, ya no aparece con ese número.
Pero eso no significa que haya desaparecido ni que la obligación haya cambiado.

 

El punto de partida: la publicación del DOF en enero de 2026

El 13 de enero de 2026, el SAT publicó en el DOF varios anexos correspondientes a la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, que había sido emitida días antes, el 28 de diciembre de 2025.

Entre esos anexos se encuentran los que regulan todo lo relacionado con controles volumétricos, lo que provocó una reacción inmediata:
muchos contribuyentes asumieron que había cambios técnicos importantes o nuevas exigencias.

En realidad, lo que ocurrió fue algo distinto.

 

¿Qué pasó con el Anexo 30 del SAT?

Aquí está la respuesta que la mayoría busca:

El Anexo 30 no desapareció. Fue renumerado.

A partir de la RMF 2026, lo que antes se conocía como Anexo 30 ahora se identifica como Anexo 21.

Anexo 21 RMF 2026 (antes Anexo 30)

Este anexo sigue estableciendo las especificaciones técnicas y de seguridad que deben cumplir los programas informáticos y equipos utilizados para llevar controles volumétricos.

Es decir, continúa regulando aspectos como:

·         funcionalidad del sistema,

·         seguridad de la información,

·         estructura de registros,

·         generación de reportes,

·         y lineamientos técnicos exigidos por el SAT.

Lo relevante es que el contenido técnico no cambió.
No se añadieron nuevos campos, no se modificaron cálculos ni se alteró la lógica del control volumétrico.

El cambio fue de forma, no de fondo.

 

Los otros anexos que también cambiaron de número

La confusión no se limitó al Anexo 30. La RMF 2026 también renumeró los anexos que complementan la obligación de controles volumétricos.

Anexo 22 RMF 2026 (antes Anexo 31)

Este anexo regula los servicios de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos, así como los certificados que se emiten para validar su cumplimiento.

Aquí el ajuste más visible fue la actualización de referencias legales, incorporando de forma clara a la Comisión Nacional de Energía (CNE) como autoridad citada.

Sin embargo, los criterios técnicos de verificación se mantienen iguales.

 

Anexo 23 RMF 2026 (antes Anexo 32)

Este anexo se enfoca en los dictámenes de laboratorio, necesarios para determinar:

el tipo de hidrocarburo o petrolífero,

el poder calorífico del gas natural,

y el octanaje en gasolinas.

Incluye los mismos métodos de prueba (ASTM, API, ISO), la definición de lotes, la periodicidad y la estructura del dictamen.

De nuevo, el contenido técnico es idéntico al de 2025.
Lo único que cambió fue el número del anexo.

 

Entonces, ¿cambiaron los controles volumétricos en 2026?

La respuesta es más simple de lo que parece:

No cambiaron los controles volumétricos. Cambió la numeración de los anexos y se actualizaron referencias legales.

Lo que no cambió:

la forma de llevar controles volumétricos, el envío de información al SAT, los reportes, los cálculos, la periodicidad, ni los métodos técnicos.

 

Lo que sí cambió:

Anexo 30 → ahora es Anexo 21,

Anexo 31 → ahora es Anexo 22,

Anexo 32 → ahora es Anexo 23,

referencias legales actualizadas,

mención expresa de la CNE,

ajustes normativos, no operativos.

 

¿Por qué es importante tener esto claro?

Porque gran parte de los problemas de cumplimiento no vienen de hacer mal el proceso, sino de:

Usar referencias incorrectas, citar anexos que ya no existen con ese número, o asumir que hay nuevos requisitos cuando no los hay.

En revisiones, auditorías o requerimientos del SAT, hablar el mismo idioma normativo vigente es clave, incluso cuando la operación sigue siendo la misma.

 

Conclusión

La RMF 2026 no modificó la esencia de los controles volumétricos.
Lo que hizo fue ordenar, renumerar y actualizar referencias dentro de un marco normativo que ya existía.

Para quienes buscan información sobre controles volumétricos SAT, Anexo 30 o Anexo 21 RMF 2026, el mensaje es claro:
la obligación sigue vigente, solo cambió el número del anexo.

Entender esta diferencia evita confusión, errores y decisiones innecesarias.

Si después de revisar la RMF 2026 identificaste que no cuentas con un programa informático para controles volumétricos, o que tu solución actual no te da certeza en auditorías y revisiones del SAT, es importante considerar un proveedor especializado.

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