¿Trabajas con hidrocarburos y no tienes permiso CRE? El SAT aún puede exigirte el Anexo 30

Uno de los errores más comunes que cometen las empresas que usan combustibles para operar —ya sea gasolina, diésel, gas LP o gas natural— es asumir que el Anexo 30 solo aplica a quienes comercializan estos productos o tienen un permiso CRE.

Pero lo cierto es que el SAT también impone esta obligación a quienes autoconsumen, y el hecho de no tener un permiso de la Comisión Reguladora de Energía no te exenta del cumplimiento.

¿Tu empresa opera con combustibles? Entonces es momento de revisar si estás dentro del grupo de contribuyentes obligados.

 

 

 ¿Qué es el Anexo 30 y a quién aplica?

El Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal establece los lineamientos técnicos que deben seguir los contribuyentes que operan con hidrocarburos y petrolíferos, incluyendo:

  • Llevar controles volumétricos certificados
  • Tener un programa informático para registrar entradas, salidas y consumos
  • Generar archivos JSON validados conforme al SAT
  • Relacionar cada movimiento con sus respectivos CFDI

Esto aplica tanto para empresas que comercializan como para aquellas que almacenan o autoconsumen estos productos.

 

Entonces… si no tengo permiso de la CRE, ¿cómo sé si estoy obligado?

El SAT ha establecido que las empresas sin permiso de la CRE también deben cumplir, siempre que superen alguno de estos límites de consumo:

🔹 Petrolíferos (como gasolina, diésel, turbosina o gas LP):

  • Si el consumo mensual en cualquier instalación es igual o mayor a 75,714 litros en algún mes del año.

🔹 Gas natural:

  • Si el consumo anual supera los 5,000 Gigajoules (GJ)
    (equivalente a aproximadamente 11,250 m³ al mes)

📌 Si tu empresa opera maquinaria, unidades, calderas o genera energía con estos combustibles y alcanza o rebasa esos niveles, estás obligado a llevar controles volumétricos y generar los reportes que marca el Anexo 30.

 

¿Qué tipo de empresas pueden estar obligadas sin saberlo?

  • Constructoras
  • Empresas de transporte con flota propia
  • Plantas industriales o manufactureras
  • Agroindustrias
  • Empresas con procesos térmicos o generadores
  • Inmobiliarias o parques industriales con consumo compartido

Muchas de estas empresas no comercializan combustible, pero sí lo usan en grandes cantidades, y por lo tanto, el SAT las considera contribuyentes obligados.

 

⚠️ ¿Qué pasa si no cumples?

La consecuencia de no cumplir con el Anexo 30 puede ser mucho más grave de lo que imaginas:

  • Multas de hasta $5 millones de pesos
  • Suspensión de actividades
  • Auditorías fiscales
  • Bloqueo de sellos digitales
  • Pérdida de deducibilidad de los combustibles

Y lo más delicado: estas sanciones pueden aplicarse, aunque no hayas tenido intención de incumplir.

 

¿Cómo cumplir sin complicaciones?

Cumplir con el Anexo 30 requiere:

  • Registrar consumos diarios y mensuales
  • Tener un sistema que relacione correctamente los CFDI
  • Generar archivos JSON válidos ante el SAT
  • Validar que toda la información esté estructurada y respaldada

Esto ya no puede hacerse en Excel ni de forma manual. Necesitas una solución que te ayude a cumplir técnicamente con lo que la autoridad exige.

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1G Volumétrico es un sistema diseñado específicamente para ayudarte a cumplir con el Anexo 30, incluso si no tienes permiso de la CRE.

Con esta solución puedes:

  • Llevar un control estructurado y validado de tus consumos
  • Generar archivos JSON conforme al SAT
  • Relacionar automáticamente tus consumos con CFDI
  • Identificar diferencias de volumen antes de enviar reportes
  • Cumplir con seguridad, trazabilidad y soporte técnico local

 

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